Política y Sociedad Ante "la inquietud y preocupación por el deterioro" del sistema nacional de salud

La OMC denuncia en Europa el Real Decreto de Recursos Humanos del SNS

— Madrid 25 Nov, :00 pm

La Organización Médica Colegial (OMC) ha presentado ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo (PE) una solicitud de investigación por vulneración del derecho de la Unión al respecto del Real Decreto Ley 29/2020 de medidas urgentes de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) para hacer frente a la Covid-19 en lo que respecta a los profesionales sanitarios.

Ante “la inquietud y preocupación por el deterioro” que puede ocasionarse al soporte asistencial médico en España con la aplicación del RDL 29/2020, y con base en la Declaración de esta corporación con fecha de 3 de octubre, la OMC eleva esta solicitud para una toma de posición del Parlamento Europeo en orden a corregir “la alarmante” situación descrita en el texto enviado, “en razón a la importancia de los intereses y bienes jurídicos protegidos en juego y frenar así el atentado que supone el RDL 29/2020, no sólo a la normativa estatal española, sino también a la comunitaria”.

El escrito, remitido a la presidenta de la Comisión de Reclamaciones del Parlamento Europeo, con fecha de 23 de noviembre, solicita igualmente que se transmita a la Comisión Europea la petición de investigación del “posible incumplimiento” por parte de España de las normas comunitarias como son la Directiva 2005/36/CE del Parlamento y del Consejo, sobre libre circulación de profesionales sanitarios; Directiva 93/16/CEE del Consejo, destinada a facilitar la libre circulación de los médicos y el reconocimiento mutuo de sus diplomas, certificados y otros títulos y la Directiva 86/457/CEE del Consejo, relativa a una formación específica en Medicina General.

La corporación médica considera que el texto aprobado por el Ejecutivo español “vulnera las orientaciones sobre la libre circulación de los profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la Covid-19, según las recomendaciones relativas a la directiva 2005/36/CE”.

Reconocimiento transfronterizo

Esta directiva establece normas sobre el reconocimiento transfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los médicos, la Directiva también establece requisitos mínimos de formación en el ámbito de la UE.

En este texto de la OMC también se alude a distintos puntos que deben de ser los que guíen a los Estados miembros a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios.

En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de países no pertenecientes a la UE/Asociación Europea de Libre Comercio, éste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembros. En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos mínimos de formación están armonizados a escala de la UE, incluidos médicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos mínimos de formación de la UE.

Por todo ello, la se reitera en “el rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que es un grave error la concesión, incluso temporalmente, de las competencias de los médicos especialistas a los médicos que no han obtenido su titulación, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sitúa fuera de la normativa europea”.