Además, se acordó "requerir a las 10 entidades financieras (Sabadell Consumer Finance S.A.U., Banco Cooperativo Español S.A.; Evo Finance; Santander Consumer Finance; Banco Cetelem S.A.U.; Banco Pichincha; Uno-e-Bankia; BBVA Consumer Finance; Finanmadrid SAU Pepper E.F.C. y Montjuic EFC S.A.) para que cesen en dichas reclamaciones, así como a abstenerse de incluir en los ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos contratados y procedan a retirar de los registros citados a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los créditos", según informa el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).En el auto, el juez en cuestión adoptó dicha medida “sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores o perjudicados”. Asimismo, el instructor explica que la suspensión de las reclamaciones de créditos vinculados a los tratamientos médicos firmados con iDental "permitiría evitar mayores perjuicios a los denunciantes, obligándoles a abonar los gastos periódicos del crédito a sabiendas de que el tratamiento odontológico no les será administrado, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que puedan ser asumidos por aquellos".
“En este caso ha quedado acreditado (con el carácter provisional propio de esta fase procesal) un patrón uniforme de actuación consistente en el incumplimiento del contrato de prestación de servicios al que está vinculado el contrato de financiación y la pasividad de la entidad beneficiaria iDental, que se quedó con los capitales recibidos de las entidades financieras y no solicitó la cancelación o interrupción de los créditos al consumo”, explica José de la Mata.