Según dicta la juez en la sentencia, durante los años 2013 y 2014 el acusado regentaba una clínica dental en la localidad cántabra de Astillero, donde colocaba rótulos para hacer publicidad de la misma. En ese tiempo, llevó a cabo trabajos y prestó servicios propios de la profesión de odontólogo o médico estomatólogo (dentista) a cinco personas, tres de ellas niños de cinco y seis años.El Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Cantabria se personó como acusación particular pidiendo una pena de un año de prisión y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ya que los hechos relatados "son constitutivos de un delito de intrusismo profesional".
Pese a esta petición y a los hechos demostrados, según lamenta el Consejo General de Dentistas, el fallo de la juez condena al acusado a una multa de seis euros diarios durante ocho meses. En este sentido, la organización colegial reclama a la Administración "que se endurezcan las penas por los delitos de intrusismo profesional para evitar que se sigan cometiendo infracciones de este tipo en el ámbito de la Odontología, puesto que se pone en peligro la salud de los pacientes".