Esta orden cumple con la Ley integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía, que en su artículo 2.4 reconoce el derecho de toda persona a “ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía”.El procedimiento se iniciará a solicitud de las personas interesadas o sus representantes legales, si son menores de edad, en los centros del sistema sanitario público andaluz. Para las personas transexuales mayores de edad solo será necesario rellenar un impreso de solicitud junto con un documento identificativo personal (DNI o pasaporte), mientras que para las personas transexuales menores de edad deberán acompañar esta documentación de un formulario de acreditación de su representante legal.