La sentencia del Tribunal, según informa el CPFCM, declara la nulidad del proceso al considerar que "es insostenible que quien ejerce de miembro de la Comisión Gestora y de la Mesa Electoral, además, pueda presentarse a candidato". Asimismo, el CPFCM añade que "como consecuencia, se debe retrotraer el proceso electoral desde el pasado 25 de abril de 2013, fecha de la finalización de la presentación de candidaturas a la presidencia de esta institución".Así lo dictaminó ante la demanda presentada por el CPFM, el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Navarra y el Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco, contra el Consejo General de Fisioterapeutas de España y otros seis colegios que intervinieron como demandados.